El fallo de los jueces comunitarios establece que los interinos tienen derecho a percibir una compensación al rescindir su contrato. La argumentación del tribunal va más allá y señala que las indemnizaciones por despido deben ser iguales para todos, salvo que haya “razones objetivas”, y de estas últimas excluye el hecho de ser indefinido o no. El TJUE estaría indicando al juez nacional que tiene que reconocer en estos momentos una indemnización de 20 días a quien hasta ahora no tenía derecho a indemnización. Conforme a la forma en la que argumenta la Corte, esa discriminación se daría para cualquier contrato temporal; es decir, también respecto de los que en la legislación laboral española están percibiendo 12 días por año de antigüedad.
Estas sentencias podrían tener un importante impacto sobre el modelo de contratación laboral, tanto en España como en el resto de los países europeos, donde esta modalidad de contratación constituye una pieza central de nuestro mercado de trabajo. El año pasado se firmaron en nuestro país 17,1 millones de contratos temporales de diversa naturaleza, con una duración media de 53 días. Los trabajadores indefinidos reciben como indemnización el equivalente a un sueldo de 20 días por año trabajado, 33 si el despido responde a causas improcedentes, mientras que los temporales perciben 12 días por año, o nada si son interinos.
Apenas dos semanas después de la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) reconoció el derecho de una trabajadora del Ministerio de Defensa a una indemnización justa, en coherencia con la reciente sentencia del Tribunal europeo. El TSJM ha fallado que esta debe ser la misma que la de un fijo en un despido objetivo: 20 días por año trabajado. Esa ha sido la sentencia para Ana de Diego, la antigua interina del Ministerio de Defensa, cuyo caso provocó el pronunciamiento comunitario. Como interina, carecía de derecho a ser indemnizada al acabar su contrato, según la normativa española.
Ya no se puede sostener durante más tiempo la discriminación que sufren las personas con contrato temporal en nuestro país, según CCOO. La estabilidad del empleo y el derecho a una indemnización justa, similar a la que percibiría una persona con contrato fijo, son parte esencial del argumento jurídico que se incorpora a las sentencias del TJUE y del TSJM. El sindicato defiende desde el primer día que las sentencias de la Unión Europea, especialmente la referida a los interinos y la posterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, obligan a aumentar las indemnizaciones que reciben todos los temporales al finalizar su relación laboral hasta el equivalente a un salario de 20 días por año trabajado.
Las administraciones públicas cuentan con cerca de 300.000 interinos. Ignacio Fernández Toxo, secretario general de CCOO, considera que el Gobierno debería iniciar una negociación en la Mesa General de la Función Pública. “No es descabellado hacer fijas a estas 300.000 personas”, asegura.
El secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, como ya propusieron los máximos dirigentes de CCOO y UGT en una carta remitida a la ministra de Empleo y Seguridad Social, cree urgente e imprescindible modificar, entre otras legislaciones, la del Estatuto de los Trabajadores, a fin de homologar derechos de las personas con contratos fijos y temporales.
Los secretarios generales de CCOO y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Pepe Álvarez; y los presidentes de CEOE y CEPYME, Juan Rosell y Antonio Garamendi, se reunieron con Fátima Báñez para analizar las sentencias. Acordaron que una Comisión de expertos (dos nombrados por la patronal, dos por los sindicatos y dos del Ministerio) estudie la situación con el doble objetivo de mejorar la protección de los trabajadores y dar seguridad jurídica a las empresas. Dicha comisión presentará una serie de propuestas a la mesa de diálogo tripartito.
Asesoramiento jurídico y sindical
Mientras tanto, CCOO ha puesto en marcha una amplia campaña de asesoramiento jurídico y sindical para ayudar a trabajadoras y trabajadores temporales a reclamar la fijeza de su contrato temporal irregular o la condición de indefinido no fijo en el caso de los temporales irregulares en la Administración Pública; también, para solicitar una mayor indemnización económica por la finalización de sus contratos o nombramientos temporales, en aplicación de las recientes sentencias del TJUE sobre estabilidad en el empleo e igualdad de condiciones en la indemnización.