EL TRIBUNAL SUPREMO CONSIDERA PROBADO que la Consejería de Educación pretendió dificultar el derecho de voto activo de los 20.000 docentes murcianos para deslegitimar el resultado electoral. La sentencia, firme y no recurrible, ordena anular la orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 28 de octubre de 2014, por la que se modifica la Orden de 18 de octubre de 2002 en la que se fijan los criterios y se dictan instrucciones en relación al proceso de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración Pública Regional. CCOO Enseñanza de Murcia ha recibido con enorme satisfacción esta sentencia.