LA PERSONA DELEGADA DE PREVENCIÓN ES QUIEN TRABAJA PARA DISMINUIR LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DERIVADAS DEL TRABAJO EN TU EMPRESA. Desde la entrada en vigor de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se definen la figura, las funciones, derechos y obligaciones de las y los delegadas/os de prevención y del Comité de Seguridad y Salud, desarrollados en los artículos 35, 36, 37, 38 y 39.