El edicto de Felipe II promulgado en 1593 establecía la jornada laboral de 8 horas. Aunque su origen no se atribuye a ninguna persona en concreto, esta normativa fue un precedente importante en la lucha por los derechos laborales y sentó las bases para las posteriores reivindicaciones en este ámbito. Hoy, la jornada laboral de 8 horas sigue siendo un referente importante en la legislación laboral en todo el mundo.
A pesar de ese edicto del siglo XVI, la jornada laboral en España ha experimentado una serie de cambios a lo largo de la historia, con una evolución significativa a lo largo de ella.
Esta evolución histórica de la jornada laboral en España ha estado, y está, marcada por una lucha constante entre las personas trabajadoras y sus empleadores/as en busca de un equilibrio justo entre el trabajo y el descanso. Desde la Edad Media hasta el siglo XXI, se han producido cambios significativos en las leyes y regulaciones que rigen la jornada laboral, y en las condiciones en las que se lleva a cabo el trabajo.
A lo largo de los siglos XIX y XX, las personas trabajadoras tuvieron que luchar a través de huelgas y protestas para conseguir la reducción de la jornada laboral, lo que llevó a tensiones y enfrentamientos con los empleadores y el gobierno.
A pesar de los avances en la regulación de la jornada laboral en España en el siglo XX, todavía hay sectores en los que se producen abusos , como el empleo precario y la falta de respeto de los horarios establecidos. En la época anterior a la regulación legal, la lucha obrera se centró en la búsqueda de mejores condiciones laborales, incluyendo la reducción de la jornada de trabajo. A principios del siglo XX, la jornada de trabajo era de 12 horas al día y 6 días a la semana, solo se descansaba los domingos. Esto culminó con la promulgación de la Ley de Jornada de Trabajo de 1919.
Desde la instauración del régimen franquista en 1939, la jornada laboral se ha visto sometida a múltiples regulaciones en España. En los primeros años de la dictadura, la duración del trabajo llegaba a alcanzar las 60 horas semanales, aunque esta cifra se redujo posteriormente a 48 horas.
Con la llegada de la democracia en 1978, se estableció una jornada laboral de 40 horas a la semana, que posteriormente fue reducida a 38 horas en 1983.
Sin embargo, no fue hasta la entrada de España en la Unión Europea, antes denominada Comunidad Económica Europea, en 1986, cuando se adoptó una regulación que marcó un hito en la historia laboral española, estableciendo la jornada laboral de 8 horas al día y 40 horas semanales para la mayoría de los trabajadores y las trabajadoras.
En la actualidad, la jornada laboral en España está regulada por el Estatuto de los Trabajadores y se sitúa en 40 horas a la semana, aunque es posible acordar jornadas de trabajo reducidas. Además, existe una tendencia hacia el teletrabajo y la flexibilidad laboral, lo que ha llevado a la revisión de las leyes laborales en España para adaptarse a las nuevas formas de trabajo, que están generando nuevas formas de explotación laboral y que pueden afectar negativamente al equilibrio entre vida laboral y personal, y también a la salud y bienestar de las personas trabajadoras. Sin embargo, aún existen sectores que vulneran los derechos de las trabajadoras y los trabajadores.
Por lo tanto, es importante seguir trabajando para conseguir una jornada laboral justa, más reducida, que permita a las personas trabajadoras tener tiempo para su vida personal y familiar, al mismo tiempo que se asegure la competitividad de las empresas. En la era digital y globalizada en la que vivimos, la flexibilidad y la adaptación a las nuevas formas de trabajo son claves para lograr una jornada laboral que satisfaga a todas las partes implicadas.
A pesar de estos avances, aún existen sectores laborales precarios en los que se continúan vulnerando e ignorando los derechos de las personas trabajadoras en materia de tiempo de trabajo.
La jornada laboral del Personal Educativo de Administración y Servicios
La jornada laboral del personal funcionario y del personal laboral queda establecida, con carácter general, por el Estatuto Básico del Empleado Público (Capítulo V del EBEP) y por la legislación laboral correspondiente.
Las administraciones públicas establecen la jornada general y las especiales de trabajo de su personal funcionario. La jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o parcial. También adoptan medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de quienes tengan a su cargo a hijos e hijas menores de 12 años, así como de quienes tengan necesidades de cuidado respecto de los hijas e hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedas valerse por sí mismas.
En los años 90 del pasado siglo se iniciaron transferencias de las competencias educativas desde el Estado a las CC. AA. Por tanto, el PAS Educativo pasó de pertenecer al Ministerio de Educación a las consejerías de Educación de cada comunidad autónoma.
Por lo que respecta al personal educativo de administración y servicios, las jornadas laborales de cada territorio se fijan en las mesas específicas de negociación de los convenios colectivos y del acuerdo de personal funcionario.
Existen diferencias en cuanto a los horarios y jornadas de trabajo semanales de las y los empleados públicos, también los educativos, en función de cada territorio. Las medidas políticas de ampliación de las jornadas, recortes de derechos y la negociación colectiva han sido las “culpables” de ello.