Para el Personal de Servicios Educativos y Complementarios, supone un avance sustancial en materia de empleo y estabilización, tan necesaria a la vista de la elevada temporalidad de nuestro ámbito. Además, se recupera la negociación colectiva y, en materia retributiva, lograremos situarnos por encima del IPC y recuperar parte del poder adquisitivo perdido durante estos años de crisis.
No obstante, las subidas salariales que vamos a tener en los próximos años no evitarán que sigamos exigiendo y reclamando un mayor incremento hasta recuperar lo que consideramos razonable y merecido. La negociación colectiva será, de ahora en adelante, una herramienta fundamental para realizar y conseguir las mejoras retributivas y laborales para nuestro colectivo en lo referente a este acuerdo.
De este, cabe destacar lo siguiente:
1. Subidas salariales por encima del IPC
Las subidas salariales fijas nos permitirán recuperar un 1,5% en el año 2018; un 2,25% en 2019; y un 2% en 2020. Por tanto, el incremento salarial acumulado en estos tres años será del 6,1%. Las previsiones y/o proyecciones que hace el Banco de España para el IPC para estos años son del 1,5%, 1,4% y 1,7%, respectivamente. De cumplirse, el incremento salarial acordado estará siempre por encima del IPC.
También se contempla una parte variable en función del Producto Interior Bruto y un porcentaje adicional del 0,55% en el año 2020 si el Estado español cumple con el objetivo de estabilidad presupuestaria (déficit público).
Por último, se disponen unos fondos adicionales que se negociarán en las distintas comunidades autónomas del 0,20%, 0,25% y 0,30% para los años 2018, 2019 y 2020, respectivamente.
Consulta la tabla resumen en la página 24.
2. Tasa de reposición del 100%
En materia de empleo público, este acuerdo amplía el proceso de estabilización a todos los colectivos y empleados públicos y lo universaliza, por lo que contempla y recoge a la totalidad de nuestro sector, dando así cumplimiento a las reivindicaciones de FECCOO. De esta forma, conseguiremos rebajar el porcentaje de temporalidad al 8%.
La tasa de reposición se amplía al 100% para todos los servicios en aquellas administraciones públicas que hayan cumplido los objetivos de déficit. En caso de no cumplirse, se mantendrá el 100% para los sectores prioritarios. La tasa de reposición se eleva al 75% para el resto.
Adicionalmente, se podrá incrementar un 5% en aquellos sectores y ámbitos que requieran un esfuerzo adicional, pudiendo quedar la tasa de reposición en un 80% en los sectores no prioritarios.
3. Avances en la negociación colectiva
Se recupera el complemento de hasta el 100% de las retribuciones en el caso de IT (incapacidad temporal). Esta medida está vinculada a la negociación colectiva en los distintos ámbitos y no está sujeta al objetivo de déficit.
Se abre también la posibilidad de negociar en los diferentes ámbitos la jornada “atendiendo a las peculiaridades de cada función, tarea o sector” con la cautela del cumplimiento del objetivo del déficit. Esto nos permite iniciar el debate y la negociación sobre la recuperación de la jornada de 35 horas.
En materia de conciliación se incluye la posibilidad de acumular hasta el 5% de la jornada anual en una bolsa de horas recuperable de libre disposición, dirigida de forma justificada a medidas de conciliación para el cuidado y atención a mayores, discapacitados/as e hijos/as menores. Para el cuidado de hijos menores de 12 años o discapacitados, podrá establecerse un sistema específico de jornada continua. Igualmente, se recoge el compromiso de que las administraciones públicas promuevan la aprobación de planes de igualdad.