La historia interminable

Con este último cambio de Ley Educativa, que se ha producido con el gobierno de Pedro Sánchez en coalición con Unidas Podemos, se ha generado, nuevamente, un estado de incertidumbre y preocupación entre el profesorado de religión.

Son siete leyes educativas las que hemos tenido en período democrático. La verdad es que atesorar todas ellas, lo digo a título personal, no ha supuesto ni la calidad esperada ni la estabilidad deseada en lo referente al sistema educativo.

 

Queremos primero reseñar y puntualizar, algunas cuestiones y variables que tenemos que tener muy en cuenta, para comprender en su justa medida, los retos, dificultades y problemática que este colectivo tiene para poder realizar un análisis de la situación. Sin duda, en todo esto, influye de forma decisiva, contundente y significativa los pareceres, opiniones o pensamientos de naturaleza ideológica, política y de coyuntura.

 

Partimos de la Ley General de Educación (LGE) que llegó a estar vigente hasta 1980 y que estableció la enseñanza obligatoria hasta los 14 años y desde entonces, siendo breve diría que lacónico tenemos:

  • 1985 – Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) (Partido Socialista).
  • 1990 – Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) (Partido Socialista)
  • 1995 – Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) (Partido Socialista)
  • 2002 – Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) (Partido Popular)
  • 2006 – Ley Orgánica de Educación (LOE) (Partido Socialista)
  • 2013 – Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) (Partido Popular)
  • 2020 – Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) (Partido Socialista)

Como podemos comprobar y apreciar, los cambios de Ley coinciden en los últimos 25 años, con las alternativas o variaciones en las políticas e ideologías del Gobierno Central (Partido Popular y Partido Socialista).

Por otro lado, tenemos que introducir otras variables, como es la legislación propia y específica que afecta a este profesorado:

  • Constitución Española.
  • Acuerdo Estado Español y la Santa Sede de 1979 (Religión Católica).
  • Ley Orgánica 2/2006.
  • Real Decreto 1619/2011.
  • Real Decreto 696/2007

Y por último las distintas órdenes y resoluciones autonómicas.

 

A todo esto, tenemos que añadir la descentralización de las competencias para este colectivo y por lo tanto la de la negociación colectiva, así como lo heterogéneo de como esta ordenada su representatividad sindical.

 

Desde la Federación de Enseñanza de CCOO, tenemos claro que con la aprobación de la nueva Ley Educativa (LOMLOE), al igual que con otras anteriores, no solo no ha resuelto la precariedad de este colectivo, sino que sigue sembrando inseguridad e inquietud en lo referente a su situación laboral.

 

CCOO es un sindicato de clase y nos preocupa la defensa de todos/as los trabajadores/as, independiente del sector laboral en el que ejerzan su actividad profesional y nos ocupamos de forma preferente por los más precarios o con más problemas laborales.

 

En este sentido, es importante que con independencia de lo ya aprobado en la Ley (LOMLOE), se busquen fórmulas que garanticen el mantenimiento de los puestos de trabajo del profesorado de religión, así como la mejora de sus condiciones laborales. La negociación colectiva, como no puede ser de otra manera, es la única herramienta y la más eficaz para conseguir tal fin, sin olvidar en ningún momento y contando siempre, con todas las garantías jurídicas pertinentes y legislativas actuales.

En las reuniones que hemos tenido con el Ministerio, siempre les hemos trasladado y reiterado, la disposición y colaboración de CCOO a trabajar para resolver estos problemas laborales de forma definitiva.

 

El Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene y debe tener una actitud o disposición negociadora y al mismo tiempo mandar señales y mensajes más tranquilizadores y estables con este sector. Así se lo exigiremos desde CCOO, por eso estaremos especialmente pendientes, interesados y/o atentos del posterior desarrollo legislativo que se realice de esta nueva ley y realizaremos las acciones sindicales y legales oportunas y necesarias si se menoscaban o deterioran derechos laborales para este colectivo de profesionales.

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