Mesa específica del Personal de Administración y Servicios Educativos

LAS COMPETENCIAS Y LOS ÁMBITOS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL PERSONAL EDUCATIVO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS LO TIENEN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS, EXCEPTO EN CEUTA Y MELILLA, donde lo tiene el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD). No obstante, partiendo de esta premisa, hay diferentes temas transversales y asuntos de vital importancia que se podrían resolver si hubiese un ámbito común para ello.

Por este motivo, hemos solicitado al MEFPD una mesa específica para este colectivo de trabajadoras y trabajadores de nuestro sector, en la que se podrían tratar diferentes aspectos que nos afectan especialmente, fijando criterios comunes para la aplicación de los acuerdos que se llevasen a cabo.

Así, por ejemplo, en lo que se refiere tanto al personal funcionario como laboral de administración y servicios de las CC. AA., ya sea fijo, por tiempo indefinido, temporal y eventual, el Estatuto Básico del Empleado Público aborda lo referente a la carrera profesional y promoción del personal laboral; jornada; vacaciones, etc., cuyo derecho deberá hacerse efectivo a través de los procedimientos previstos y a los convenios colectivos de los diferentes territorios.

Con respecto a las mesas de negociación, y dependiendo de las Mesas Generales, el estatuto permite que se puedan constituir Mesas Sectoriales en atención a las condiciones específicas de trabajo o a las peculiaridades de sectores concretos. De ahí nuestra petición al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para tratar diferentes aspectos comunes a todo el personal educativo del territorio español.

En la mesa específica podríamos proponer que la jornada de trabajo sea de 35 horas semanales en todos los territorios, y que fuese de aplicación directa, como lo fue la ampliación de esta en 2012.

Otros temas importantes que tratar serían: la privatización y externalización del personal laboral, como las enfermeras educativas; el personal de cocina y limpieza; integradoras/es sociales; la atención a la discapacidad, entre otros. También la movilidad interadministrativa y la movilidad voluntaria, con el fin de un mejor aprovechamiento de los recursos humanos que garantice el servicio que se presta a la ciudadanía.

La Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales deberían establecer medidas de movilidad, que deben ser aprobadas por la Conferencia Sectorial de Administración pública, fijando unos criterios generales para tener en cuenta y hacerla posible. Los convenios colectivos autonómicos recogen la movilidad entre administraciones públicas en su articulado, pero, salvo excepciones, no se desarrolla en la medida deseable.

En definitiva, desde nuestro punto de vista, la creación de una mesa específica del Ministerio de Educación para el personal de administración y servicios educativos sería muy beneficiosa y productiva, dado el carácter específico de nuestro colectivo.

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José Luis García Mancera

Secretaría de Personal de Servicios Educativos y Complementarios de FECCOO