Jornada laboral del personal educativo. Situación y desafíos en Galicia

CON RESPECTO AL PERSONAL DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS EDUCATIVOS QUE DESEMPEÑA SUS FUNCIONES EN LOS DISTINTOS CENTROS DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN DE GALICIA, su jornada es, con carácter general, de 37,5 horas semanales, tanto para personal laboral como para el personal funcionario.

Además, con respecto a las distintas categorías, cabe señalar las siguientes características de cada una de ellas:

  • El personal de limpieza (grupo AP) tiene a su cargo la limpieza diaria de 1.800 metros cuadrados con el contenido de estos (mesas, ordenadores, papeleras, encerados,  armarios, sin incluir la limpieza de ventanas, puertas, alicatados de baños. A todo esto, que de por sí constituye una ratio excesiva, las direcciones de distintos centros pretenden que los trabajadores y las trabajadoras se hagan cargo de limpiar los jardines exteriores,  que no forman parte de la superficie construida y no computan dentro de los 1.800 m2 señalados.

En este colectivo profesional existe también personal con jornada a tiempo parcial (media  jornada).

  • El personal de cocina cuenta también con una ratio excesiva que es la siguiente:
    •   75 comensales, una cocinera o cocinero.
    •   76 a 150 comensales, cocinero/a y ayudante de cocina.
    •   251 a 350 comensales, cocinero/a y dos ayudantes de cocina.

Cada vez hay más alumnado con intolerancias alimentarias y en muchos comedores se deben establecer 2 turnos de comida (lo que obliga a desmontar, limpiar y montar de  nuevo el servicio de comedor), aumentando significativamente la carga de trabajo. La categoría profesional es la de oficiales 2ª cocina (grupo C2).

  • El personal cuidador de alumnado con necesidades educativas especiales, en la actualidad sigue siendo auxiliar cuidador (grupo IV, una vez funcionariado el grupo C2).

Según la Orden de atención a la diversidad  de 8 de septiembre de 2021, por la que se desarrolla el Decreto 229/2011, de 7 de diciembre, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado de los centros docentes de la Comunidad autónoma de Galicia, la ratio establecida es muy elevada  (ratio máxima de personal auxiliar cuidador/a y alumnado con necesidades educativas especiales no excederá de 1/6 (teniendo en cuenta las necesidades de atención del alumnado), pero en realidad no se tienen en cuenta las necesidades específicas de  las y los menores. Tampoco existen evaluaciones del puesto de trabajo.

En muchas ocasiones se pretende que se lleven a cabo labores propias de personal sanitario (medición de azúcar a personas diabéticas, alimentación por sonda nasogástrica, etc.); es decir, es un personal al que se recurre para funciones que pertenecen a otras categorías profesionales.

  • Intérpretes de lengua de signos: su jornada es de 37,5 horas semanales, todas de atención  directa, y no disponen de un horario específico para preparar las clases a las que prestan apoyo. Muchas veces comparten centros dentro de la misma jornada.
  • Otras categorías más minoritarias (médicos, fisioterapeutas, educadores/as, enfermeros/as, encargados/as, etc.), la jornada es igualmente de 37,5 horas, aunque también existen contratos a tiempo parcial.

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María Burke Gerpe

Secretaría del Personal de Servicios Educativos Complementarios en la Federación de Ensino de CCOO Galicia